TÉRMINOS Y CONDICIONES DE ENVÍOS
CM Mensajería y Paquetería tiene como objeto social el de prestar servicios de mensajería,
paquetería y demás actividades complementarias a estos servicios.
- SCM PAQUETERIA, S.A. DE C.V. se obliga con EL CLIENTE a transportar y entregar los
documentos y/o paquetes amparado por la carta de porte o guía, en el domicilio del destinatario
indicado en el anverso, en el plazo que en el mismo se indica, de acuerdo a los términos que se
precisan en la guía. SCM PAQUETERIA, S.A. DE C.V. está obligado a entregar el paquete en el
domicilio de EL DESTINATARIO, en un máximo de 2 intentos. Si éste no fuera recibido, dejará
aviso de que el paquete queda a disposición del interesado, en el lugar que indique SCM
PAQUETERIA, S.A. DE C.V. Para la prestación del servicio, SCM PAQUETERIA, S.A. DE C.V. se
reserva el derecho de usar sus propios medios o bien contratarlos con los TERCEROS que
considere apropiados para tal efecto.
- EL CLIENTE se obliga a:
- Declarar bajo protesta de decir verdad, el contenido del paquete, SCM PAQUETERIA, S.A. DE
C.V., se reserva el derecho de verificar el peso y/o volumen real del envío y, en su caso, ajustar
el monto de las tarifas aplicables, que estén vigentes a la fecha en que SCM PAQUETERIA,
S.A. DE C.V. reciba el paquete, la falsedad en la declaración del contenido del paquete es
responsabilidad de EL CLIENTE.
- Indicar los datos del REMITENTE y del DESTINATARIO, consistentes en: nombre, domicilio
completo, número telefónico y correo electrónico, a fin de que el envío pueda ser entregado
en su destino, por lo que la falta de entrega o demora provocada por haber registrado
erróneamente alguno de los datos, es responsabilidad de EL CLIENTE.
- Al entregar el documento y/o paquete a SCM PAQUETERIA, S.A. DE C.V., EL CLIENTE acepta
los términos de este contrato.
EL CLIENTE se obliga a pagar el precio estipulado para este servicio, en su caso tarifas
arancelarias y demás que puedan generarse por envíos al extranjero.
- SCM PAQUETERIA, S.A. DE C.V. se obliga a prestar los servicios de mensajería y/o paquetería,
en los términos descritos en la guía y se reserva el derecho de aceptar o no documentos y/o
paquetes, que por sus dimensiones, destino o contenido no puedan ser transportados.
SCM PAQUETERIA, S.A. DE C.V. queda eximido de la obligación de recibir:
- Billetes o anuncios de lotería extranjera.
- Materiales y residuos a los que hace referencia el Reglamento para el Transporte Terrestre de
Materiales y Residuos Peligrosos, salvo que se obtenga la autorización correspondiente de la
autoridad competente.
- Psicotrópicos y estupefacientes, salvo que su posesión o traslado sea lícita conforme a las
leyes aplicables en el territorio nacional.
- Armas de fuego y explosivos.
- Animales o perecederos.
- Dinero o títulos de crédito al portador o negociables.
- Cualquier otro bien cuyo tránsito requiera de permiso específico o bien lo restrinja alguna ley
en vigor dentro del territorio nacional.
- Cualquier otro bien que prohíban las leyes específicas de la materia.
- SCM PAQUETERIA, S.A. DE C.V. será responsable por la demora, pérdida, robo, extravío, daños,
faltantes, destrucción del paquete, excepto en caso fortuito, de fuerza mayor, tales como sismos,
inundaciones, incendios, actos de vandalismo, rapiña, mismos que se mencionan en forma
enunciativa.
- SCM PAQUETERIA, S.A. DE C.V. será responsable de la devolución de cargos por servicio en caso
de que por causas que le sean imputables no entregue oportunamente el envío en el plazo de
transito señalado en el anverso de este documento, EL CLIENTE tendrá derecho a obtener la
devolución de los cargos por el transporte del envío que hubiere pagado a SCM PAQUETERIA, S.A.
DE C.V., sujeto a lo previsto en la guía.
- En caso de que EL CLIENTE desee una indemnización superior a quince veces el salario mínimo
previsto por la ley, por pérdida, robo, extravío, daños, faltantes o destrucción del paquete, podrá
contratar un seguro con la compañía aseguradora que SCM PAQUETERIA, S.A. DE C.V. le
proponga, hasta por el valor declarado del paquete obligándose a pagar la prima del seguro
adicional.
- SCM PAQUETERIA, S.A. DE C.V. no tendrá responsabilidad en la prestación del servicio, en los
siguientes casos:
- Cuando se haya entregado el paquete en los términos pactados, en el domicilio del Destinatario.
- Por haber transcurrido un año a partir de la fecha en que SCM PAQUETERIA, S.A. DE C.V. recibió
el paquete, sin que se haya podido hacer entrega del mismo y no se haya presentado reclamación
por parte de EL CLIENTE.
- Por pérdida o daño del paquete por caso fortuito o fuerza mayor
- Por paquetes decomisados por autoridad competente.
- Por paquetes dañados por empaque inadecuado.
- Por el daño que sufra el bien contenido en el paquete, cuando dicho bien, por su propia
naturaleza o por mal embalaje se hubiera deteriorado parcial o totalmente, siempre que el
servicio se preste en las condiciones pactadas por SCM PAQUETERIA, S.A. DE C.V. con EL CLIENTE.
- Por retraso, pérdida o daño que sufran los paquetes, cuando EL CLIENTE hubiese
proporcionado información incorrecta o incompleta, en la carta de porte o guía y ello hubiese sido
la causa del retraso en la entrega, pérdida o daño del paquete.
- SCM PAQUETERIA, S.A. DE C.V. se reserva el derecho de inspeccionar el envío en cualquier
momento, así como permitir a las autoridades correspondientes el llevar a cabo las inspecciones
que consideren adecuadas. Asimismo, SCM PAQUETERIA, S.A. DE C.V. se reserva el derecho a
rechazar o suspender el porte de cualquier envío prohibido o que contenga material que dañe o
pueda dañar otros envíos o que puedan constituir un riesgo al equipo o empleado de SCM
PAQUETERIA, S.A. DE C.V. o de sus prestadores de servicio.
- Cualquier reclamación que tenga EL CLIENTE en contra de SCM PAQUETERIA, S.A. DE C.V.,
deberá hacerla en términos de lo dispuesto por la Ley Federal de Protección al Consumidor.
- Para todo lo relativo a la interpretación y cumplimiento de este contrato las partes se someten
a la jurisdicción y competencia de las autoridades, tribunales y leyes del Distrito Federal,
renunciando a cualesquier otro fuero que les pudiese corresponder por su domicilio actual o
futuro.
- El presente contrato se rige por la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal,
Reglamento de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, tratados internacionales,
Código de Comercio y Reglamento de Mensajería y Paquetería y tendrá vigencia de un año.